La Comisión Europea publica un informe sobre los fraudes alimentarios en 2019

La Comisión Europea revela un informe anual donde se resumen los casos de sospecha de fraude alimentario durante el año pasado. El objetivo de este sistema voluntario es recabar e intercambiar información entre los Estados miembros sobre incumplimientos y sospechas de fraude. Además, insta a la cooperación de los gobiernos cuando están implicados en alguna sospecha. La Red de Fraude Alimentario de la Unión Europea (UE) mediante el Sistema de Asistencia y Cooperación Administrativa (AAC) gestionan este documento todos los años. 

 

 

EL INFORME DE 2019 PLASMA UN AUMENTO DE 58 CASOS CON RESPECTO AL AÑO ANTERIOR

El texto sobre fraude alimentario de 2019 muestra un aumento considerable de peticiones de cooperación para solventar las sospechas de supuestas prácticas fraudulentas. No es un hecho sorprendente, ya que el número de intercambio continúa creciendo año tras año. Este comportamiento ascendente es más notorio desde 2016, donde tan solo se registraron 157 casos, mientras que en 2019 se ha alcanzado un total de 292.

El aumento de las cifras es muy alentador. Esta conducta expone que cada vez se lucha más en contra de las estafas alimentarias. 

 

 

LA UE CONSIDERA FRAUDE ALIMENTARIO LA VIOLACIÓN DE LA LEGISLACIÓN CON ÁNIMO DE LUCRO

No existe una definición acordada por la UE de fraude alimentario. Sin embargo, esta comunidad trata como tales los casos en los que la legislación alimentaria vigente en la UE se viola intencionalmente para obtener un beneficio al engañar al consumidor. 

Las estafas alimentarias ponen en duda la autenticidad de los productos. En ellas, se suele falsificar el origen, las características biológicas y la calidad de los alimentos para conseguir mejores ventas. Este problema se ha convertido en un fenómeno global y en continua evolución. Aproximadamente, el 10% de los productos alimenticios se ven afectados por este tipo de fraude. 

Por todo ello, la adulteración de alimentos se ha convertido en un tema muy importante. El seguimiento del riesgo de fraude alimentario es requerido por las normas internacionales más importantes como BRC, IFS, FSSC 2200, etc. 

 

GRUPO GAM ES EL ALIADO IDEAL PARA COMBATIR EL FRAUDE ALIMENTARIO

Con más de 16 años de experiencia en el sector y una experimentada plantilla de profesionales, la consultora en seguridad alimentaria Grupo GAM es una empresa de total confianza para acabar con el fraude alimentario. Nuestro equipo proporciona una multitud de métodos analíticos para combatir este problema. También, somos expertos en servicios de fraude alimentario y autenticidad para evitar la propagación de las estafas alimentarias. ¡Infórmese cuanto antes sobre este servicio!

¿Cuándo no es obligatorio el uso de mascarillas?

El Estado de Alarma por el COVID-19 y las actuales fases de la desescalada han puesto el foco de atención sobre las mascarillas. Sobre todo, cuando el pasado 21 de mayo, el Gobierno decidió que su uso era obligatorio. No obstante, a causa de la sucesión de declaraciones poco esclarecedoras de las fuentes oficiales, sigue habiendo bastantes dudas entre la población. Muchos ciudadanos se preguntan quiénes están eximidos de utilizar las mascarillas y en qué situaciones no están obligados a ponérselas.

 

El uso de mascarillas es obligatorio en las vías públicas siempre que no se pueda respetar la distancia mínima de seguridad.

 

LA INGESTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ES INCOMPATIBLE CON LAS MASCARILLAS

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó que el uso de las mascarillas es obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público. Según esta misma norma, quedarían exentas de la obligación todas aquellas actividades que sean incompatibles con su uso. Es decir, en esta definición se incluiría por ejemplo la ingesta de alimentos y bebidas en terrazas de bares y de restaurantes. Además, la normativa añade que el uso de las mascarillas tampoco es obligatorio en circunstancias donde exista una causa de fuerza mayor o en situaciones de necesidad. En este caso, se incluyen a todas las personas con problemas respiratorios u otras causas médicas por las que el uso de la mascarilla está contraindicado.

En lo referente a las tiendas y supermercados, el uso de las mascarillas es obligatorio. Los consumidores podrían bajársela o quitársela momentáneamente para tomar aire tan solo cuando sea posible mantener la distancia de seguridad de dos metros. Pero es una circunstancia muy poco probable dentro de estos establecimientos. 

 

GRUPO GAM DESINFECTA LOCALES DEL COVID-19 DE MANERA EFECTIVA

Aunque la mascarilla es una forma de prevención, la higiene y desinfección de las instalaciones también es de suma importancia para prevenir el contagio del coronavirus. El equipo de Grupo GAM ofrece servicios de desinfección con viricidas testados frente al COVID-19. Nuestra empresa certifica que las instalaciones han sido desinfectadas y están libres del virus. Además, dispone de cursos formativos para personas interesadas en la limpieza efectiva contra el coronavirus, recomendados para los trabajadores del sector alimentario, limpieza, hostelería y turismo. Infórmese de nuestros servicios, a través de nuestro formulario de contacto.